Romá Bohorques Tax & Legal 963212022
Pintor Sorolla, 16 46002 Valencia, ES
Romá Bohorques Tax & Legal

Entrevista a Pablo Romá en Valencia Plaza para analizar la bonificación de Sucesiones y Donaciones

Publicaciones Entrevista a Pablo Romá en Valencia Plaza para analizar la bonificación de Sucesiones y Donaciones

El socio director de Romá Bohorques Tax & Legal, Pablo Romá, analiza en una amplia entrevista para Valencia Plaza la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo anteproyecto de ley ha aprobado el Consell de la Generalitat Valenciana. Pablo Romá destaca que, para los donantes, seguirá vigente la tributación como ganancia patrimonial de las donaciones de bienes no dinerarios.

"A pesar de la bonificación, las donaciones no serán gratis, seguirán tributando". Con esta declaración ha titulado Valencia Plaza la entrevista a Pablo Romá, en que analiza a fondo la realidad y las consecuencias de la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones que ha aprobado el nuevo Consell de la Generalitat Valenciana. El socio director de Romá Bohorques Tax & Legal, llama así la atención sobre un detalle que puede ser clave para los donantes: “El Impuesto sobre Donaciones ha desaparecido prácticamente para el receptor de la donación en las donaciones de padres a hijos, abuelos a nietos o entre cónyuges, pero no hay que perder de vista que la tributación seguirá vigente para el donante, ya que tributará en IRPF como ganancia patrimonial la diferencia entre lo que le costó ese bien donado y el valor de mercado que tiene el bien en el momento de la donación. El único caso que no tributará en IRPF será la donación de dinero, porque ahí no hay ganancia patrimonial”.

Romá destaca que el anterpoyecto de ley supone una simplificación de la norma y "la han hecho más beneficiosa para el contribuyente, por ejemplo, incorporando como beneficiarios a los cónyuges del donante. Y en herencias hay que señalar que las ventajas van a ser importantes, ya que la bonificación del impuesto de Sucesiones no solo es entre cónyuges y de padres a hijos; también es entre familiares (descendientes y ascendientes), excepto de tíos a sobrinos o entre hermanos, cuya tributación continua entre un 50 a un 64,08%”.

Esta bonificación del impuesto ha despertado mucho interés por las donaciones, "pero no todas las donaciones están exentas de tributar y los interesados se están encontrando sorpresas cuando les hablamos de una posible tributación en IRPF. De ahí que sea importante asesorarse muy bien y analizar cada caso de manera exhaustiva antes de tomar ninguna decisión. Pongamos el ejemplo de dos casos muy concretos: en la donación de un inmueble, el que realiza la donación tiene que tributar en el IRPF por la diferencia entre lo que costó y lo que vale en el momento de la donación. Y el segundo ejemplo afecta a la empresa familiar; el donante tributará en IRPF como ganancia patrimonial por la diferencia entre lo que le costó sus participaciones y el valor de mercado en el momento de la donación", explica Pablo Romá en la entrevista.

En el artículo de Valencia Plaza, Pablo Romá incide en el análisis de las donaciones de participaciones en la empresa familiar, donde hay unos requisitos muy estrictos que pueden influir decisivamente en la tributación. También destaca que a nivel autonómico "hay dos tributos que creo se deberían de abordar: el impuesto de Patrimonio y la cuota autonómica del IRPF. Ambos están muy por encima de la media nacional y nos hacen perder competitividad con respecto a otras comunidades autónomas y cualquier tipo de beneficio fiscal suma para que una autonomía atraiga más inversiones y sea más atractiva y competitiva.".

Puede leer desde el siguiente enlace la noticia completa: valenciaplaza.com/pablo-roma-a-pesar-de-la-bonificacion-las-donaciones-no-seran-gratis-seguiran-tributando

© Romá Bohorques Tax & Legal.